Tuesday, October 22, 2019
Patrocinio green card, copatrocinadores y sustitutos
Patrocinio green card, copatrocinadores y sustitutos Para Inmigracià ³n es patrocinador el ciudadano o el residente permanente que solicita los papeles para un familiar para que à ©ste obtenga la tarjeta de residencia, tambià ©n conocida como green card. Las personas que patrocinan a sus familiares adquieren unas responsabilidades que duran por aà ±os. La ley permite al patrocinador buscar co-patrocinadores o sustitutos cuando no ingresa la cantidad mà nima exigida ni tiene patrimonio suficiente. Puntos Clave: Patrocinio de la tarjeta de residencia Para sacar la tarjeta de residencia por familia es necesario el patrocinio de un familiar.Tipos de patrocinio:Patrocinador: ciudadano o residente que pide a familiarCo-patrocinador: puede ser un familiar pero no es necesario. En este caso, patrocinador y co-patrocinador son responsables conjuntamente del migrante pedido.Patrocinador sustituto: cuando el patrocinador fallece. Solo se admite familiares del migrante o representantes legales del mismo. Obligaciones legales del patrocinador El ciudadano o residente que se convierte en patrocinador es responsable econà ³micamente frente: el gobiernola persona patrocinada, es decir, el inmigrante que ha obtenido la green card porque fue pedida por el patrocinador. Esto quiere decir, por un lado, que si el inmigrante patrocinado recibe un beneficio pà ºblico calificado como means-tested por el gobierno federal, estatal o local, entonces la agencia del gobierno puede reclamar el costo al patrocinador. Y si este no paga, puede demandarlo en corte. Tienen consideracià ³n de beneficios means-tested, entre otros, los siguientes: los cupones de alimentosà (food stamps, en inglà ©s o SNAP), los Ingresos Suplementarios de Seguridad, conocido como SSI por sus siglas en inglà ©s, Medicaid, TANF y el seguro mà ©dico estatal SCHIP. Por otro lado, el inmigrante patrocinado puede exigir al patrocinador que lo mantenga. Y si no cumple, puede demandarlo. Cabe destacar que esta obligacià ³n puede continuar en el caso de green card por matrimonio incluso despuà ©s del divorcio de la pareja. à ¿Por quà © el patrocinador tiene esta obligacià ³n? El patrocinador tiene esta obligacià ³n porque durante el proceso para patrocinar a su familiar firma el documento I-864, tambià ©n conocido como affidavit of support o declaracià ³n de mantenimiento. Este es un documento imprescindible. Si no se firma, no puede seguir adelante la tramitacià ³n. Es necesario destacar que es, en realidad, un contrato entre el patrocinador y el gobierno. Por lo tanto, cualquier acuerdo privado entre el patrocinador y el inmigrante patrocinado a este respecto es nulo. En otras palabras, el patrocinador siempre responde ante el gobierno por los gastos pà ºblicos que el inmigrante cause por utilizar algà ºn beneficio de los considerados como means-tested. En los casos de peticià ³n con ajuste de estatus, el affidavit of support se firma en ese momento. Sin embargo, en los de peticiones a travà ©s del procedimiento consular, esta declaracià ³n de sostenimiento se firma en el momento en el que asà lo solicite el Centro Nacional de Visas (NVC, por sus siglas en inglà ©s). à ¿Cunto dura la obligacià ³n del patrocinador? Esta obligacià ³n dura hasta que el inmigrante patrocinado se convierte en ciudadano estadounidense a travà ©s del proceso que se conoce como naturalizacià ³n o hasta que el inmigrante los 40 crà ©ditos cotizados, es decir, en la mayorà a de los casos eso significa llevar aproximadamente 10 aà ±os trabajando. La obligacià ³n del patrocinador deja de existir en el caso que llegue antesà de los 2 anteriores.à Es importante tener en cuenta que en el caso de patrocinador que solicita la green cad para el cà ³nyuge, el divorcio no pone fin a la obligacià ³n, sino que continà ºa hasta que se produzca la naturalizacià ³n del inmigrante o los 40 crà ©ditos cotizados. à ¿Quà © son los co-patrocinadores? En los casos en los que el ciudadano americano o un residente quiere pedir los papeles para un familiar pero no tiene ingresos y/o patrimonio suficiente para el affidavit of support es posible tener co-patrocinadores. La ley permite 2 supuestos. En primer lugar, otro miembro de la familia que reside habitualmente en el mismo hogar que el ciudadano o residente que solicita los papeles. Y en segundo lugar, otra persona que no tiene que ser pariente. Estos son los casos que se conocen como joint-sponsor, por su nombre en inglà ©s. A la hora de firmar el affidavit of support hay que fijarse porque hay variaciones segà ºn la categorà a de patrocinador que presenta los papeles, miembro del hogar el patrocinador o co-patrocinador que reside en otro hogar, sea o no pariente. En el caso de que se patrocine a un inmigrante que emigra acompaà ±ado por su familia, puede haber 2 joint-sponsor. En todo caso, cada uno por separado debe ingresar o tener patrimonio suficiente para patrocinar. En los casos en los que se utiliza un joint-sponsor, el patrocinador, es decir, el que pide los papeles para su familiar, debe tambià ©n firmar su propio documento de affidavit of support. Y tanto el patrocinador como el joint-sponsor son responsables econà ³micamente del migrante pedido. Patrocinador sustituto Cuando un ciudadano o un residente solicita los papeles para un familiar y despuà ©s fallece, el proceso puede continuar si se dan 3 requisitos: El documento de peticià ³n que se conoce como I-130 se aprobà ³ ANTES del fallecimientoEl Servicio de Inmigracià ³n y Ciudadanà a (USCIS) admite que continue la tramitacià ³nOtra persona se compromete a responder econà ³micamente por el inmigrante y firma el affidavit of support. Esta persona serà a el patrocinador sustituto. Sin embargo, no cualquier persona puede ser patrocinador sustituto sino que la ley pide que entre à ©ste y el migrante se dà © alguna de las siguientes relaciones: cà ³nyuge, padre, madre, suegro, suegra, hermano/a, hijo/a, yerno, nuera, cuà ±ado/a, abuelo/a o guardin legal del inmigrante. Requisitos para ser patrocinador,à co-patrocinador o patrocinador sustituto Tanto el patrocinador como el joint-sponsor tiene que ser mayor de 18 aà ±os, ciudadano o residente y residir en los Estados Unidos o uno de sus territorios, como por ejemplo Puerto Rico. à Si el ciudadano no se encuentra en esos momentos en Estados Unidos, deber probar que su estadà a en otro paà s es temporal y que conserva el domicilio en el paà s. Frecuentemente, los ciudadanos estadounidenses que residen fuera del paà s y deciden regresarse con sus cà ³nyuges extranjeros se encuentran con el problema de que no pueden probar ingresos suficientes para patrocinar, ya que USCIS pide que los ingresos se produzcan en EE.UU. y que se puedan probar mediante la presentacià ³n de las planillas tax returns. Aunque pide un mà nimo de un aà ±o y un mximo de tres, deber presentarse uno, dos o tres segà ºn lo que resulte ms conveniente segà ºn las circunstancias personales del patrocinador de la green card. Este es un artà culo informativo. No es asesorà a legal.
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